título de la sección 1

Beneficios previsionales para afiliados activos y pensionados en condición de enfermo terminal
A partir del 1 de julio del 2021, comenzó a regir esta nueva normativa que permitirá retirar previamente las cuentas individuales de las AFP para los enfermos terminales.
Beneficiarios:
- Afiliados activos al sistema de pensiones de AFP.
- Pensionados por vejez, vejez anticipada, invalidez total o parcial o sobrevivencia, en todas las modalidades, salvo Renta Vitalicia.
- Pensionados Ley N°16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Quienes quieran iniciar el trámite, deben presentar una solicitud de Certificación de Enfermo Terminal, acompañada de un certificado firmado por el médico tratante y el director médico de la institución.
Hemos dispuesto el siguiente formulario para aquellos pacientes de Clínica Biobío que consideren cumplen con los requisitos indicados por la ley los cuales son:
- Ser mayor a 18 años
- Haber sido diagnosticado con una enfermedad de carácter terminal y con pronóstico de vida menor a 12 meses.
Estimado paciente: Los datos serán enviados a su médico tratante los cuales serán evaluados para la gestión del certificado correspondiente.
título de la sección 3
Autorizo a ser contactado por Clínica Biobío en mi calidad de paciente de esta institución.
Una vez ingresada la información, ésta será enviada a su médico tratante de Clínica Biobío los cuales serán evaluados para la gestión del certificado correspondiente.