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Beneficios previsionales para afiliados activos y pensionados en condición de enfermo terminal

A partir del 1 de julio comenzó a regir esta nueva normativa la cual permitirá el retiro anticipado de las cuentas individuales de las AFP para aquellas personas calificadas como enfermos terminales.

Beneficiarios:

 Quienes quieran iniciar el trámite, deben presentar una solicitud de Certificación de Enfermo Terminal, acompañada de un certificado firmado por el médico tratante y el director médico de la institución.

Hemos dispuesto el siguiente formulario para aquellos pacientes de Clínica Biobío que consideren cumplen con los requisitos indicados por la ley los cuales son:

Estimado paciente:

Los datos serán enviados a su médico tratante los cuales serán evaluados para la gestión del certificado correspondiente.

Autorizo a ser contactado por Clínica Biobío en mi calidad de paciente de esta institución.

Una vez ingresada la información, ésta será enviada a su médico tratante de Clínica Biobío los cuales serán evaluados para la gestión del certificado correspondiente. 

SITIO LEY 21.309 (https://www.ley21309.cl/

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